Juez rechaza intento de suspender proceso sobre proyecto urbanístico en Villa de Leyva y ordena facilitar inspección pericial #Tolditos7Días

viernes 12 de junio de 2026, 6:00 am

El Juzgado Noveno Administrativo Oral de Tunja rechazó la solicitud presentada por la Sociedad Inversiones San Jacinto de Nelvic S.A.S. para suspender el proceso judicial que adelanta contra el municipio de Villa de Leyva por la negativa a revalidar una licencia de construcción, relacionada con el proyecto urbanístico ‘Nuestra Señora del Buen Suceso’.

Proyecto urbanístico 'Nuestra Señora del Buen Suceso'. Foto: archivo Boyacá Sie7e Días
Proyecto urbanístico ‘Nuestra Señora del Buen Suceso’. Foto: archivo Boyacá Sie7e Días

La decisión fue adoptada mediante providencia del 10 de junio del 2026, en la que la jueza Rosa Milena Robles Espinosa concluyó que no existe fundamento jurídico para suspender el trámite por prejudicialidad ni para incorporar como prueba sobreviniente documentos relacionados con el proceso penal que actualmente enfrenta el suspendido alcalde de Villa de Leyva, Víctor Alfonso Gamboa Chaparro.

La sociedad demandante había solicitado que el proceso administrativo se detuviera mientras avanzan las investigaciones penales contra el mandatario, argumentando que las decisiones mediante las cuales se negó la revalidación de la licencia de construcción pudieron estar influenciadas por actuaciones presuntamente irregulares que hoy son materia de investigación por parte de la Fiscalía.

Sin embargo, el despacho judicial consideró que el proceso administrativo y el penal tienen objetos distintos y que la legalidad de los actos administrativos demandados puede analizarse de manera autónoma, sin necesidad de esperar una decisión de la jurisdicción penal.

La jueza señaló además que, el expediente contencioso se encuentra todavía en etapa probatoria y no en estado de sentencia, requisito indispensable para decretar una suspensión por prejudicialidad.

Se fortalece la defensa del municipio

En la misma providencia, el despacho accedió a una solicitud presentada por el municipio de Villa de Leyva y concedió un plazo adicional de 45 días hábiles para que el ingeniero Frasser Augusto Zambrano Salazar entregue el dictamen pericial de contradicción solicitado por la administración municipal.

El juzgado tuvo en cuenta las dificultades que enfrentó el municipio para contratar al experto encargado del estudio técnico, situación que, según la providencia, se vio agravada por los efectos administrativos derivados de la captura del entonces alcalde.

La decisión permite al perito complementar el informe preliminar ya entregado y realizar una visita técnica al inmueble objeto de controversia para sustentar sus conclusiones.

Orden de colaboración obligatoria

Uno de los puntos más relevantes de la providencia es la orden expresa impartida a la Sociedad Inversiones San Jacinto de Nelvic S.A.S., representada por Victoria Solarte Daza, y a su apoderado judicial, David Garzón Gómez, para que permitan el ingreso del perito contratado por el municipio al predio donde se desarrolla el proyecto urbanístico.

La inspección deberá realizarse dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la decisión judicial.

El juzgado advirtió que la parte demandante está obligada a suministrar toda la información y documentación que requiera el experto para desarrollar su labor y recordó que cualquier obstrucción podría generar consecuencias jurídicas, incluida la imposición de sanciones, la compulsa de copias a las autoridades competentes e incluso la posibilidad de ordenar el allanamiento judicial del inmueble para garantizar la práctica de la prueba.

Audiencias fueron aplazadas

Como consecuencia de la ampliación del plazo para la práctica del dictamen pericial, el Juzgado Noveno Administrativo de Tunja reprogramó las audiencias de pruebas previstas inicialmente para junio.

Las diligencias quedaron fijadas para los días 25, 26, 27 y 28 de agosto del 2026, cuando se llevará a cabo la contradicción de los dictámenes periciales, la recepción de testimonios y la incorporación de pruebas documentales dentro del proceso.

La decisión representa un revés procesal para la sociedad demandante, que buscaba vincular directamente el proceso administrativo con las investigaciones penales contra el exalcalde de Villa de Leyva, mientras que fortalece la posibilidad de que el municipio sustente técnicamente su defensa mediante la práctica completa del dictamen pericial de contradicción.

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