El abogado Marco Antonio Palma Luna interpondrá un recurso de reposición contra la decisión adoptada por la Sala Plena del Consejo Nacional Electoral el día de hoy.

El Consejo Nacional Electoral (CNE), durante una audiencia pública de la Sala Plena realizada este marte 21 de julio, negó la solicitud de revocatoria de la inscripción de la candidatura de Sandra Milena Estupiñán Orjuela a la Alcaldía de Tunja, para las elecciones atípicas que se realizarán este domingo que viene.
La solicitud había sido presentada por el ciudadano y abogado tunjano Marco Antonio Palma Luna, donde argumentó que la aspirante podría estar incursa en una causal de inhabilidad, ya que fue elegida concejal para el periodo 2024-2027 y ejerció durante el 2025 como presidenta del Concejo Municipal, por ende, fue ordenadora del gasto y tuvo autoridad política, civil o administrativa.
“La Dra. Sandra Milena Estupiñán Orjuela ejerció funciones con contenido administrativo, intervino en la gestión de recursos públicos, desplegó actuaciones con capacidad de incidencia institucional y lo hizo dentro de los 12 meses anteriores a la elección atípica del 26 de julio. Funciones que se ubican inequívocamente dentro del período inhabilítante”, escribió Palma en la demanda.
Asimismo, invocó la Sentencia C-080 del 2026 de la Corte Constitucional, “que eliminó la ‘renuncia estratégica’ y aplica para evitar el salto de concejal a alcalde siempre y cuando coincidan dentro del mismo periodo electoral, ya que son corporaciones del mismo nivel territorial. Es por ello que ya no pueden renunciar a sus curules con la intención de ‘saltar’ a otro cargo de elección popular sin quedar inhabilitados”, infirió el abogado.
Sin embargo, el organismo electoral determinó negar la solicitud de revocatoria y mantener, por ahora, la inscripción de Estupiñán Orjuela.
La decisión todavía no queda en firme, pues Palma anunció la interposición de un recurso de reposición contra la decisión adoptada. “Contra la presente resolución procede el recurso de reposición, el cual deberá interponerse en la audiencia de adopción y notificación de la decisión, hasta las 5:00 p.m. del primer día hábil siguiente a la misma”, indicaron finalmente.
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