El CNE avocó conocimiento de la solicitud del abogado Marco Antonio Palma, que pide anular la inscripción de la aspirante por una presunta inhabilidad derivada de su condición de exconcejal.

El Consejo Nacional Electoral (CNE), mediante auto del 19 de junio, inició formalmente el estudio de la solicitud de revocatoria de la inscripción de Sandra Milena Estupiñán Orjuela como candidata a la Alcaldía de Tunja de las elecciones atípicas previstas para el próximo 26 de julio.
Dicha solicitud, presentada hace unos días por el ciudadano y abogado tunjano Marco Antonio Palma Luna, argumenta que la aspirante podría estar incursa en una causal de inhabilidad, ya que Estupiñán fue elegida concejal de Tunja para el periodo 2024-2027 y ejerció durante el 2025 como presidenta del Concejo Municipal, por ende, fue ordenadora del gasto y tuvo autoridad política, civil o administrativa.
«La Dra. Sandra Milena Estupiñán Orjuela ejerció funciones con contenido administrativo, intervino en la gestión de recursos públicos, desplegó actuaciones con capacidad de incidencia institucional y lo hizo dentro de los 12 meses anteriores a la elección atípica del 26 de julio. Funciones se ubican inequívocamente dentro del período inhabilítante”, escribió Palma en la demanda.
La candidata presentó su renuncia a la curul el pasado 10 de junio del 2026 y un día después formalizó su inscripción como aspirante a la Alcaldía de Tunja. Sin embargo, se considera que dicha renuncia no eliminaría las presuntas inhabilidades derivadas de su condición de concejal electa y de las funciones ejercidas como presidenta del cabildo municipal.
Asimismo, se invoca la Sentencia C-080 del 2026 de la Corte Constitucional, “que eliminó la ‘renuncia estratégica’ y aplica para evitar el salto de concejal a alcalde siempre y cuando coincidan dentro del mismo periodo electoral, ya que son corporaciones del mismo nivel territorial. Es por ello que ya no pueden renunciar a sus curules con la intención de ‘saltar’ a otro cargo de elección popular sin quedar inhabilitados”, infiere el abogado.
Es lo anterior la segunda razón por la que le estaría restringido legalmente a Estupiñán ser inscrita y electa simultáneamente como concejal de Tunja (2024-2027) y como alcaldesa de Tunja (2024-2027), al coincidir los cargos de elección popular dentro de la misma jurisdicción municipal y en los mismos períodos.
Sin embargo, es importante aclarar que el auto del CNE no resuelve de fondo la demanda ni determina la existencia de una inhabilidad. La última decisión adoptada consiste únicamente en iniciar el trámite para analizar la solicitud y recaudar las pruebas necesarias antes de emitir un pronunciamiento definitivo.
Como parte del proceso, el CNE requirió a la Registraduría Nacional del Estado Civil la remisión de los formularios de inscripción de la candidata tanto para las elecciones atípicas de Alcaldía como para los comicios de Concejo Municipal del periodo 2024-2027.
Asimismo, solicitó al cabildo enviar copia de la renuncia presentada por Estupiñán, el acto administrativo mediante el cual fue aceptada y una certificación sobre las fechas en las que ejerció como concejal y como presidenta de la corporación.
El magistrado Alfonso Campo Martínez ordenó comunicar la actuación a la candidata y al partido que avaló su inscripción para que ejerzan su derecho de defensa y presenten los argumentos que consideren pertinentes dentro del proceso.
La entrada CNE abre proceso para estudiar revocatoria de la candidatura de Sandra Estupiñán a la Alcaldía de Tunja se publicó primero en Boyacá 7 Días.


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