Empalme de Gobierno… una frustración – #ColumnistaInvitado

domingo 26 de julio de 2026, 8:00 am

En los actuales momentos cuando está debidamente establecido el cambio de Gobierno nacional para nuestro país, que será a partir del 7 de agosto de 2026, hora: 3:00 p.m., surgen una serie de inquietudes sobre su entrega y recibo del mismo, previo a su protocolización; son aquellas que determinan una serie que involucran trámites de tipo administrativo de la función pública y, una de ellas, es la actividad que tiene que ver con el correspondiente ‘Empalme de Gobierno’ que no es otra cosa, que llegar a conocer, de primera mano, que es lo que se está entregando en los diferentes temas de Gobierno en sus variados ministerios e institutos descentralizados y como se recibe la información que, durante los últimos cuatro años se ejecutó.

Su objeto es evaluar y diagnosticar el desarrollo social y, así, poder continuar lo que está bien y replantear lo que no está acorde a las necesidades de nuestras regiones y localidades de la nación, es un informe de gestión y resultados.

Dicho lo anterior, deben participar la totalidad de los funcionarios públicos que representan la institucionalidad como: ministros, gerentes y directores de toda esa dinámica administrativa que, sobre ellos, recayó la responsabilidad de ejecutar un ‘Plan Nacional de Desarrollo’ acordado con las diferentes regiones y aprobado por el Congreso de la República.

Por otro lado, están las diferentes comisiones de empalme, por parte del nuevo Gobierno, que serán los encargados de recibir la información para que una vez se surta, poder evaluar la continuidad o la suspensión de programas que no están dando los resultados esperados, teniendo en cuenta los diferentes índices de gestión.

Lo anterior es muy importante, ya que, si su evaluación es muy significativa y sustancial, estos programas pueden ser el insumo para servir de base y, con otros temas de actualidad según las necesidades de cada territorio, poder elaborar el próximo ‘Plan Nacional de Desarrollo’ para los siguientes cuatro años.

Pero lo que hoy tenemos, y debido a una falta de buena comunicación y entendimiento, seguramente por la coyuntura de cambio en el modelo de Gobierno que en la actualidad nuestro país representa. Dicho ‘Empalme’ no fue posible y tuvo que ser suspendido por falta de una buena comunicación entre las dos partes, situación que no deja de preocupar, ya que dicha actividad se constituye importante para evaluar unas inversiones que con mucho sacrifico la población de nuestro país entrega para lograr la inversión social que todos esperamos y así superar tanta pobreza e inequidad en nuestra nación.

Él debe ser, sino se está de acuerdo con la información que se estaba presentando o entregando, simplemente era dejar las constancias correspondientes y oportunas en el acta pertinente y seguir con el Empalme determinado, esto lo ordena la Ley de Empalme que mediante Ley No. 951 del 2005 establece la obligación de cumplir con dicha actividad; esto no es, si me parece o no me parece, o si lo quiero hacer o no, pues si fuera así, se aprovecharía para no hacer Empalme, lo que acarrearía en un total y completo desorden y, en consecuencia, un perjuicio para la administración pública.

El supuesto Empalme, que la administración entrante está haciendo en cada una de las regiones, no es lo mismo, pues es apenas elemental pensar que, la información existente en la parte de Gobierno nacional es muy diferente a la regional y local; se manejan datos, cifras y argumentos totalmente distintos ya que sus Planes Regionales y Municipales de Desarrollo son muy independientes, que no debería ser así, y, en la mayoría de las veces, estos no aparecen en el Plan Nacional de Desarrollo.

Estas visitas regionales son muy importantes, pero para cuando se esté elaborando el nuevo Plan Nacional de Desarrollo y no tomarlo como forma de ‘Empalme’, que no lo es.

Insistimos, el ‘Empalme’ es obligatorio entre administraciones a quienes les corresponde a unos entregar y a otros recibir, independientemente de que la información la obtengamos por otras fuentes, caso Contraloría General de la República, cuya misión no es otra que la de obtener unos datos y hacer un análisis posterior para poder establecer si estos se cumplieron o no y, así determinar los correspondientes hallazgos si se llegaren a presentar; para el caso del ‘Empalme’, según la Ley 951 del 2005, esto no se asimila y, por lo tanto, no existe otro tipo de actividad que lo remplace.

Aspiramos que el presente tema no se vaya a enredar y se logre justificar su procedimiento, pues sino es así, en últimas, serán las regiones y la comunidad en general, las más perjudicadas.

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