Sogamoso se anticipó y estableció tarifas para el predial en el sector rural entre el 6 y el 8 por mil #Tolditos7Días

miércoles 15 de abril de 2026, 9:30 am

En Sogamoso, en el 2013 se realizó la actualización catastral tanto en el sector urbano como en el rural. Posteriormente, en el 2018 se adelantó la actualización de los predios rurales que pasaron a suelo urbano, cuya implementación se efectuó en el 2019.

Mauricio Barón Granados, alcalde de Sogamoso, y Judy Carolina Gaona Herrera, secretaria de Hacienda de la ciudad. Foto: archivo Boyacá Sie7e Días
Mauricio Barón Granados, alcalde de Sogamoso, y Judy Carolina Gaona Herrera, secretaria de Hacienda de la ciudad. Foto: archivo Boyacá Sie7e Días

Adicionalmente, en el 2019 se llevó a cabo un nuevo proceso de actualización catastral únicamente en el sector urbano, el cual se reflejó en el 2020.

“Sogamoso ha sido uno de los municipios más responsables en la gestión catastral. En ese sentido, para el año 2025 se realizó la actualización catastral, en el sector urbano y rural, y no la aplicación de avalúos por rezago. El proceso fue priorizado por la autoridad catastral”, explicó la secretaria de Hacienda de la ciudad, Judy Carolina Gaona Herrera.

Por medio de un proyecto de acuerdo, aprobado por el Concejo Municipal, se establecieron las tarifas del impuesto predial para el sector rural, las cuales se ubican entre 6 y 8 por mil, que son las tarifas más bajas permitidas por la ley.

El 70 % de los predios rurales del municipio de Sogamoso se encuentran cobijados con la tarifa de 6 por mil.

“Con el fin de aliviar aún más la carga tributaria de los sogamoseños, el Concejo Municipal aprobó el proyecto de acuerdo, presentado por la Secretaría de Hacienda, mediante el cual se ampliaron los plazos y los porcentajes de descuento por pronto pago hasta el 20 %, beneficio que rige hasta el 15 de mayo. Con este descuento, la tarifa efectiva se oscila en el rango de 4,2 y 4,8 por mil”, dijo Gaona.

Agregó que, adicionalmente el municipio está aplicando los límites previstos en la Ley 1995, para los predios rurales menores de 100 hectáreas, y que, de acuerdo con el análisis de los casos en los que los ciudadanos han presentado reclamaciones, estas se relacionan principalmente con áreas construidas, el metraje de los predios y los resultados individuales del proceso de actualización catastral, aspectos que son de competencia exclusiva del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC).

Los ciudadanos que tengan inquietudes respecto del cálculo o liquidación del impuesto predial serán atendidos en el segundo piso de la Secretaría de Hacienda.

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