De conformidad con la ejecución del Contrato de Consultoría No. 357-25 suscrito con CORPOCHIVOR, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.3.2.13.5 del Decreto 1076 de 2015, el cual establece que el proyecto de consultoría de reglamentación del recurso hídrico deberá comunicarse a los interesados mediante aviso publicado en los términos allí previstos, con el fin de que estos puedan presentar las objeciones que consideren pertinentes dentro de los veinte (20) días siguientes a la publicación del último aviso, se informa que el plazo para la recepción de objeciones, observaciones, solicitudes de aclaración o corrección relacionadas con la información contenida en el Cuadro de Distribución de caudales de la Quebrada Chaguatoque vencerá el día veintidós (22) de julio de 2026.
Vencido dicho término, se continuará con el trámite correspondiente para la expedición del acto administrativo de reglamentación, conforme a la normatividad ambiental vigente.
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