Según explicó la entidad, ese documento no es una decisión de venta, sino un reporte que se presenta cada año para cumplir con lo establecido por la ley.
Edicto: Secretaría de Educación de Boyacá
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley 44 de 1980, Ley 100 de 1993 y el artículo 212 del Código Sustantivo del Trabajo: Hace saber: Que la señora Olga Inés Rangel Sepúlveda (Q.E.P.D.), quien se identificaba con la cédula de ciudadanía No....



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