El Juzgado Noveno Administrativo Oral de Tunja decidió mantener en firme las determinaciones adoptadas dentro del proceso que enfrenta a la Sociedad Inversiones San Jacinto de Nelvic S.A.S. y al municipio de Villa de Leyva, relacionadas con una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho.

La providencia, fechada el 30 de junio del 2026, resolvió los recursos de reposición presentados tanto por la administración municipal como por la empresa demandante contra un auto proferido el pasado 10 de junio.
La jueza concluyó que no existían razones para modificar las decisiones previamente adoptadas, al considerar que se respetaron las garantías procesales de las partes y que las actuaciones ordenadas buscan asegurar una adecuada práctica del material probatorio.
Uno de los aspectos centrales de la controversia gira alrededor del dictamen pericial de contradicción solicitado por el municipio de Villa de Leyva. El despacho judicial ratificó la decisión de conceder un plazo adicional para culminar ese estudio técnico, al considerar acreditadas las dificultades que enfrentó la administración para contratar un equipo especializado, situación que, según el expediente, estuvo relacionada con las afectaciones institucionales derivadas de la captura del entonces alcalde del municipio.
El juzgado también confirmó que el perito designado por el municipio podrá realizar una visita técnica al inmueble objeto del litigio, al considerar que dicha diligencia constituye una actuación indispensable para elaborar el dictamen y garantizar el principio de contradicción de la prueba.
Igualmente, fue negada la solicitud de la parte demandante de suspender el proceso por prejudicialidad mientras avanza el proceso penal relacionado con el exmandatario municipal.
Para el despacho, no existe una relación de dependencia jurídica que obligue a detener el trámite contencioso administrativo, pues ambos procesos persiguen finalidades distintas.
Sin embargo, la juez sí concedió, en efecto devolutivo, el recurso de apelación presentado por la Sociedad Inversiones San Jacinto de Nelvic S.A.S. frente a la decisión de no incorporar como prueba sobreviniente la orden de captura expedida contra el alcalde de Villa de Leyva.
Ese punto será analizado ahora por el Tribunal Administrativo de Boyacá, que definirá si dicho documento puede incorporarse al proceso como elemento probatorio.
Mientras tanto, el proceso continuará su curso en primera instancia. El juzgado reprogramó la audiencia de pruebas para los días 8, 9, 10 y 11 de septiembre del 2026, diligencias en las que se practicará la contradicción de los dictámenes periciales, se escuchará a los testigos decretados y se incorporarán las pruebas documentales pendientes.
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