Comunidad de Aquitania pide blindar el Lago de Tota de cualquier actividad de explotación de hidrocarburos

martes 14 de julio de 2026, 8:30 am

A través de un derecho de petición radicado ante la Corporación Autónoma Regional de Boyacá (Corpoboyacá), la comunidad solicita que, en la actual fase de formulación del Plan de Ordenación y Manejo de Cuencas Hidrográficas (POMCA), se establezca de manera vinculante la prohibición de actividades de exploración y explotación de hidrocarburos.

La comunidad de Aquitania solicitó a Corpoboyacá que el POMCA del Lago de Tota incluya la prohibición expresa de actividades de exploración y explotación de hidrocarburos en la cuenca y en el Complejo de Páramos Tota-Bijagual-Mamapacha. Foto: Archivo Boyacá Sie7e DÍas.
La comunidad de Aquitania solicitó a Corpoboyacá que el POMCA del Lago de Tota incluya la prohibición expresa de actividades de exploración y explotación de hidrocarburos en la cuenca y en el Complejo de Páramos Tota-Bijagual-Mamapacha. Foto: Archivo Boyacá Sie7e DÍas.

La petición presentada ante Corpoboyacá fue suscrita por el alcalde de Aquitania, Óscar Darío Hurtado Pérez; el representante de la organización Futuro Verde, el ingeniero Manolo Salamanca Pérez; y el diputado Carlos Ernesto Torres.

En el derecho de petición solicitan la protección integral del Lago de Tota y de la totalidad del área delimitada del Complejo de Páramos Tota-Bijagual-Mamapacha, “así como de sus zonas de transición ecológica (bosques-páramo) y de las áreas de amortiguamiento”, señala el documento.

De manera expresa, los peticionarios solicitan a la Corporación garantizar la protección integral y el blindaje ambiental del territorio mediante las facultades de ordenamiento, estableciendo la prohibición absoluta de actividades de prospección, exploración sísmica, perforación y explotación de hidrocarburos dentro del documento de formulación del actual POMCA del Lago de Tota, “asegurando que la zonificación ambiental refleje técnicamente la incompatibilidad total de esta industria con la cuenca”.

Además, consideran que se trata de una medida urgente e indispensable, debido a que esta restricción no está contemplada en el Plan de Manejo Ambiental (PMA) del Complejo de Páramos Tota-Bijagual-Mamapacha. Señalan que, por esta razón, Corpoboyacá no cuenta con una línea base que le permita evaluar o zonificar los impactos de actividades de gran trascendencia, como la explotación de hidrocarburos.

También manifiestan que es necesario que, durante la fase de formulación del POMCA, este instrumento “nazca blindado contra actividades extractivas”. Asimismo, solicitan que esta postura institucional conjunta sea expuesta y socializada formalmente en las mesas de trabajo técnicas y comunitarias de la fase actual del proceso, para que posteriormente sea adoptada e incorporada en los Planes de Ordenamiento Territorial (POT) y en los Esquemas de Ordenamiento Territorial (EOT) de todos los municipios con jurisdicción en la cuenca y el complejo de páramos.

De igual manera, solicitan revisar e incorporar dentro del Plan de Ordenamiento del Recurso Hídrico (PORH) de la cuenca del Lago de Tota las restricciones absolutas contempladas en la Ley 1930 de 2018 y en la Sentencia C-035 de 2016, prohibiendo los vertimientos y las captaciones de agua con fines relacionados con la exploración y explotación de hidrocarburos en toda el área de influencia directa.

El derecho de petición fue radicado ante Corpoboyacá el pasado 6 de julio.

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