Por estos días, se debate en el Senado el proyecto de reforma laboral presentado por el Gobierno. Este busca generar cambios sustanciales en el pago de horas extras, recargos dominicales y festivos con el objetivo de que los trabajadores reciban un mayor ingreso por estos aspectos.
La reforma, que fue revivida el pasado 14 de mayo por el Congreso, señala el pago del 35% a quienes trabajen entre las 7:00 de la noche y las 6:00 de la mañana, lo que significa un aumento de dos horas con respecto a la norma que rige actualmente. Además, el recargo sería del 100% para quienes se desempeñen los domingos y días festivos.
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Además de Colombia, hay otros países en Latinoamérica en los que los empleados reciben un incentivo extra por laborar los días domingos y festivos. De hecho, este puede incluso superar el 100%. Algunos de estos casos son los siguientes:
Argentina
En Argentina, la ley establece que los empleados reciben un pago adicional por trabajar en horas nocturnas, así como domingos y festivos. En el primer caso, el recargo equivale a un 25% sobre el valor de la tarifa normal para quienes se desempeñan entre las 8:00 de la noche y las 6:00 de la mañana.
Por otra parte, el incentivo adicional por dominicales y festivos puede alcanzar el 100% dependiendo del convenio y de la legislación vigente.
Uruguay
En Uruguay, cuyo salario mínimo es uno de los más altos de Latinoamérica, el pago de horas nocturnas, domingos y festivos funciona exactamente igual que en Argentina. La única diferencia, en el caso de los dos últimos ítems, es que estos se establecen de acuerdo al convenio que manejen entre empleador y trabajador.
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Brasil
En Brasil también está legislado el pago extra de horas nocturnas. Sin embargo, este solamente es del 20% adicional a la tarifa normal, y aplica desde las 10:00 de la noche hasta las 5:00 de la mañana. Sin embargo, el que corresponde a dominicales y festivos es del 100% o más, lo que significa un mejor ingreso en el pago de nómina.
México
En cuanto a México, no existe una ley federal que obligue a las empresas a reconocer el pago de horas nocturnas, dominicales y festivos. Sin embargo, hay muchas que lo realizan de forma voluntaria, y lo pueden pactar en el contrato laboral que celebren con el empleador.
Hay casos en los que el pago de los domingos y festivos llega a ser del 100% o más al momento de liquidar los domingos y festivos en la nómina de cada empleado.
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Chile
En Chile, también está legislado el pago de los dominicales y los festivos, así como el de horas nocturnas. En este último caso, puede ser de hasta el 25% sobre la tarifa habitual si una persona labora entre las 10:00 de la noche y las 7:00 de la mañana.
A diferencia de los anteriores casos, el monto adicional por laborar domingos y festivos suele llegar al 50% o incluso superarlo, algo que incluso es inferior al reconocimiento que actualmente funciona en Colombia (75%) en medio de la discusión de la reforma laboral en el Senado.
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