Los empleados en Colombia recibirán el pago de la prima al finalizar el mes de junio. Esta prestación social, contemplada en el Código Sustantivo del Trabajo, corresponde a 30 días de salario por año, distribuidos en dos entregas: una en junio y otra en diciembre.
«Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado», establece el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo.
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Esta prestación no solo aplica a quienes trabajan en una empresa formal, sino también a trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar, trabajadores por días y trabajadores rurales, siempre que cumplan con las condiciones de empleado dependiente, según lo dispuesto en el Título III del mismo código.
Según el Ministerio de Trabajo, la forma correcta de calcular la prima de servicios es multiplicar el salario base por los días laborados y dividir el resultado entre 360.
«Si el trabajador laboró menos días, el procedimiento se debe hacer con el número de jornadas completadas», señala el Ministerio.
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Ejemplo de cálculo con el salario mínimo
- Salario mínimo 2025: $1′423.500
- Auxilio de transporte: $200.000
- Total mensual: $1′623.500
Para un trabajador que haya laborado 180 días:
$1′623.500 x 180 / 360 = $811.750
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¿Cuánto recibirá si solo ha trabajado tres meses?
Si el trabajador no ha completado los 180 días del semestre, debe aplicar la siguiente fórmula:
Salario mensual x días trabajados / 360
Por ejemplo, si un empleado devenga $3.000.000 mensuales y ha trabajado 90 días, la prima legal semestral sería:
$3.000.000 x 90 / 360 = $750.000
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