Presidente ejecutivo de la Cámara de Comercio de Tunja denuncia presunta coadministración indebida y conflicto de intereses en la entidad

martes 3 de febrero de 2026, 11:00 am

Investigan presiones de una integrante de la Junta Directiva de la Cámara para influir en vinculaciones laborales.

Por: Yuliana Bohórquez

La representante comercial Aída Milena Leguizamón y el presidente ejecutivo de la CCT, John Jairo Martínez. Fotos: archivo particular
La representante comercial Aída Milena Leguizamón y el presidente ejecutivo de la CCT, John Jairo Martínez.
Fotos: archivo particular

La Cámara de Comercio de Tunja inicia el año 2026 en medio de nuevas controversias institucionales, esta vez asociadas a presuntas irregularidades relacionadas con un posible caso de coadministración indebida y conflicto de intereses en el interior de la Junta Directiva, situación que ya fue puesta en conocimiento de la Superintendencia de Sociedades.

La denuncia fue presentada por el presidente ejecutivo de la entidad, John Jairo Martínez, quien aseguró haber acudido al organismo de control tras evidenciar presiones y/o injerencias directas en decisiones administrativas asociadas con vinculaciones laborales.

Detalles de la denuncia

“En el año 2025 y para inicio del año 2026, la señora Aída Milena Leguizamón Lesmes, en su condición de miembro de Junta Directiva, ejerció presión directa y reiterada sobre la presidencia ejecutiva, para incluir determinadas personas en la nómina laboral de la Cámara de Comercio de Tunja”, señaló Martínez.

Las pruebas de dichas actuaciones estarían configuradas en comunicaciones privadas y audios de WhatsApp, “cuyo contenido, sin necesidad de interpretación subjetiva, refleja insistencia en la vinculación de personas específicas y en sectores de la jurisdicción de la entidad cameral”, manifestó el presidente en la denuncia formal que radicó ante la Superintendencia.

Asimismo, indicó que dichas acciones, con expectativa de cumplimiento inmediato, desconocen los procedimientos internos de selección de los perfiles requeridos, las necesidades reales del servicio y las facultades exclusivas del representante legal.

Marco legal y estatutario

De igual manera, conforme al artículo 27, numeral 4, de los Estatutos de la Cámara de Comercio, es función del presidente ejecutivo nombrar y remover libremente al personal de la institución, de acuerdo con la planta de personal y el reglamento interno de trabajo, por lo que cualquier intervención externa podría configurar una prohibición legal.

Sin embargo, será la Superintendencia de Sociedades quien determine el grado de responsabilidad de Leguizamón Lesmes, quien ostenta actualmente el cargo de principal representante del comercio de Garagoa, dentro de la junta directiva de la Cámara de Comercio de Tunja.

Ante la inquietud sobre si otros integrantes de la Junta Directiva habrían realizado solicitudes similares, el presidente confirmó que sí se han presentado casos adicionales, aunque señaló que cualquier actuación futura dependerá de la decisión que adopte la Superintendencia frente a la denuncia ya presentada.

Finalmente, el directivo indicó que existen varias situaciones internas que se vienen presentando y que, en conjunto, han incidido en que el ambiente se torne complejo, al punto de que “están tratando de nombrar a un nuevo presidente ejecutivo”, aseguró.

*Redactora de Boyacá Sie7e Días

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