
El Juzgado Segundo Civil Municipal de Oralidad del Distrito Judicial de Tunja tuteló los derechos fundamentales a la estabilidad laboral reforzada por maternidad, al trabajo, a la igualdad, al mínimo vital, a la seguridad social y a la protección especial de la mujer gestante Charlotte Estefanía Larrea Bonilla, vulnerados por Ferreléctricos del Occidente S.A.S., representada legalmente por Duván Miguel Murcia Mendieta.

Además, la sentencia declara la ineficacia de la terminación de la relación laboral de Charlotte Estefanía Larrea Bonilla, por haberse producido durante su estado de embarazo, con conocimiento del empleador y sin que mediara autorización previa de la autoridad laboral competente, configurándose la presunción legal de despido discriminatorio por razón del embarazo.
El Juzgado también ordena a Ferreléctricos del Occidente S.A.S., por conducto de su representante legal o quien haga sus veces, que dentro de las 48 horas, siguientes a la notificación de esta providencia, proceda a reintegrar a Charlotte Estefanía Larrea Bonilla al cargo que venía desempeñando al momento de la desvinculación o a otro de igual o superior categoría, sin solución de continuidad y conservando condiciones salariales y prestacionales iguales o más favorables a las existentes al momento de producirse el despido, si ella así lo desea.
También ordena a Ferreléctricos del Occidente S.A.S. que, dentro del mismo término indicado en el numeral anterior, pague a favor de la accionante todos los salarios, prestaciones sociales, aportes al Sistema Integral de Seguridad Social y demás
emolumentos laborales dejados de percibir desde la fecha de la desvinculación hasta cuando se haga efectivo el reintegro ordenado en esta providencia.
De igual forma, el Juzgado ordena a Ferreléctricos del Occidente S.A.S. que, dentro del término de 48 horas, siguientes a la notificación de esta providencia, reconozca y pague a favor de la accionante la indemnización especial prevista en el artículo 239 del Código Sustantivo del Trabajo, equivalente a 60 días de salario, sin perjuicio de las demás prestaciones y acreencias laborales a que haya lugar.
Además, ordena a Ferreléctricos del Occidente S.A.S. garantizar la continuidad de la afiliación de la accionante al Sistema Integral de Seguridad Social en Salud, Pensiones y Riesgos Laborales, efectuando los aportes correspondientes y adoptando todas las medidas necesarias para asegurar el pleno acceso a los servicios médicos derivados de su estado de embarazo, parto, licencia de maternidad y periodo de lactancia.
El juez advierte a Ferreléctricos del Occidente S.A.S. que, en adelante, deberá abstenerse de incurrir en conductas que impliquen discriminación laboral por razón del embarazo o la maternidad y que cualquier decisión de desvinculación de una trabajadora amparada por el fuero de maternidad deberá sujetarse estrictamente a los requisitos establecidos por la Constitución, la ley y la jurisprudencia constitucional.
La acción de tutela la promovió el personero municipal de Chiquinquirá, Carlos Ernesto Fajardo Castiblanco.
La entrada Fallo de tutela ampara a mujer que fue despedida de su trabajo en Chiquinquirá en estado de embarazo #Tolditos7Días se publicó primero en Boyacá 7 Días.











0 comentarios