Con la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Agraria en Colombia nace una Sala Especializada en las Altas Cortes

lunes 30 de marzo de 2026, 11:31 am

Esta ley dará apertura a Tribunales Agrarios y Rurales.

Esta modificación busca beneficiar al sector del agro mediante una jurisdicción especializada. Foto: suministrada a Boyacá Sie7e Días
Esta modificación busca beneficiar al sector del agro mediante una jurisdicción especializada. Foto: suministrada a Boyacá Sie7e Días

Tras la aprobación por parte del Congreso de la República de la Ley Estatutaria de Jurisdicción Agraria, y su respectiva promulgación a través del presidente de la República, Gustavo Petro, se presentan avances significativos e históricos en la garantía de los derechos de las comunidades rurales de la nación.

Esta ley permitirá crear una Sala Civil, Agraria y Rural en la Corte Suprema de Justicia y en el Consejo de Estado, así como la apertura de Tribunales Agrarios y Rurales con jueces con competencia en esta materia y que deberán tener experiencia en Derecho Agrario, Ambiental y Administrativo, para así garantizar decisiones especializadas y ajustadas a las normas vigentes.

Según el Gobierno nacional, con esta iniciativa se busca dirimir conflictos de tierras, mejorar la justicia rural, proteger la propiedad y fomentar la paz en el campo.

Al respecto, Francisco Lara Sabogal, docente de Posgrados de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de UniAgraria, comentó que era vital expedir esta Ley Estatutaria para modificar la Ley de Administración de Justicia y dar origen a los Tribunales y Jueces agrarios, necesarios para implementar el Acuerdo de Paz y sus decretos reglamentarios y dar paso a la creación de una jurisdicción agraria.

El sector agrario sería el mayor beneficiario

Esta modificación busca beneficiar al sector del agro mediante una jurisdicción especializada, que se nutra de principios del derecho civil y del derecho administrativo, entre otros, y que permita analizar la complejidad de los casos.

“Durante muchos años se consideró que los jueces civiles debían resolver los asuntos agrarios. Sin embargo, esto generó una duplicidad de jurisdicciones”, explicó Francisco Lara Sabogal.

En este sentido, la institucionalidad agraria manejaba procedimientos relacionados con la titulación o adjudicación de baldíos que requerían un juez especializado. Así, coexistían dos escenarios: los jueces civiles conocían una parte de los asuntos agrarios, mientras que la jurisdicción contencioso-administrativa, a través de tribunales y el Consejo de Estado, conocía otra, especialmente lo relacionado con baldíos.

Retos pendientes para su implementación

Con esta ley se unifica la competencia en una jurisdicción agraria, que ya no será ni civil, ni contencioso-administrativa, sino especializada para resolver estas controversias. Se establece así un juez unificado y especializado.

“Aún queda pendiente un aspecto fundamental: una ley en trámite que regule de manera integral la jurisdicción agraria. Aunque esta ley fue un paso clave al crear los jueces, el procedimiento todavía requiere una regulación más completa. Además, es importante que los profesionales se formen y actualicen sobre el procedimiento de la Jurisdicción Agraria y Ruralidad”, dijo Francisco Lara Sabogal.

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