Pérdida de investidura para John Jairo Rincón, concejal de Sogamoso que ya no tiene curul #Tolditos7Días

jueves 19 de marzo de 2026, 6:00 am

El Consejo de Estado decretó la pérdida de investidura de John Jairo Rincón Preciado, quien resultó elegido como concejal del municipio de Sogamoso para el periodo 2024-2027.

John Jairo Rincón Preciado, concejal de Sogamoso al que le decretaron la pérdida de investidura. Foto: archivo Boyacá Sie7e Días
John Jairo Rincón Preciado, concejal de Sogamoso al que le decretaron la pérdida de investidura.
Foto: archivo Boyacá Sie7e Días

La alta corte tomó esta decisión tras revocar la sentencia del 26 de noviembre del 2024, proferida por la Sala Plena del Tribunal Administrativo de Boyacá.

“Se encuentra probado que el demandado incurrió en la causal de inhabilidad prevista en el numeral 3. del artículo 43 de la Ley 136 modificado por el artículo 40 de la Ley 617, al haber celebrado el contrato individual de trabajo el 3 de enero del 2023 con la Empresa de Servicios Públicos de Sogamoso S.A. E.S.P., dentro del año anterior a su elección, conforme lo indicó la Sección Quinta del Consejo de Estado en la sentencia del 24 de octubre del 2024, la cual se encuentra ejecutoriada y tiene efectos de cosa juzgada en este proceso de pérdida de investidura frente al estudio del elemento objetivo de conformidad con el parágrafo del artículo 1. de la Ley 1881, conducta que se cometió con culpa grave”, precisó el Consejo de Estado.

La demanda contra Rincón la interpuso Omar Javier Medina Alfonso, candidato de la misma lista de John Jairo (la del MAIS), quien obtuvo la segunda votación y hoy funge como concejal de Sogamoso. El abogado que ganó este caso es el jurista Luis Germán Peña García, quien apeló el fallo del Tribunal Administrativo de Boyacá del 26 de noviembre del 2024, que negó las pretensiones de la demanda.

“La nulidad electoral juzga la legalidad del acto de elección que permitió el acceso a la dignidad del cargo. Por su parte, la pérdida de investidura analiza la conducta del servidor público elegido por voto popular por incurrir en las conductas previstas por el constituyente y el legislador como causales de indignidad política por resultar contrarias al interés general, la transparencia, la pulcritud y demás principios que irradian la función administrativa exigibles a quienes están llamados a ser voceros de la voluntad popular y ejercer la representación democrática y política en los cuerpos colegiados y termina con la imposición de una sanción que se traduce en la muerte política”, explicó el Consejo de Estado.

Es decir que John Jairo Rincón queda inhabilitado para ejercer cargos públicos.

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