La acción penal señala posibles fallas en la modalidad de contratación utilizada en dos contratos suscritos en 2025. También se solicitó medida de aseguramiento.
Por: Yuliana Bohórquez.

Ante la Fiscalía General de la Nación fueron radicadas dos denuncias penales contra el alcalde de Tunja, Mikhail Krasnov, por presuntas irregularidades en la celebración de contratos interadministrativos relacionados con obras de infraestructura y mantenimiento vial en la capital boyacense.
Las acciones judiciales fueron interpuestas por el abogado Juan Moreno ante la Unidad de Delitos contra la Administración Pública de la Dirección Seccional de Fiscalías de Boyacá, invocando el presunto delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, contemplado en el artículo 410 del Código Penal.
Contrato interadministrativo 1767 de 2025
El primer caso corresponde al contrato interadministrativo 1767 de 2025, suscrito el 25 de septiembre de 2025, entre la Alcaldía Mayor de Tunja y la Empresa de Desarrollo Territorial de Donmatías S.A.S, cuyo propósito fue la “administración delegada de recursos para la puesta en marcha y ejecución de programas y proyectos denominados ‘infraestructura red’”.
Contrato interadministrativo 235 de 2025
La segunda denuncia se relaciona con el contrato interadministrativo 235 de 2025, suscrito el 27 de enero del mismo año entre la Alcaldía de Tunja y la empresa de economía mixta Tierra–Sua S.A.S. que tuvo como objeto “aunar esfuerzos para el mantenimiento y recuperación de la malla vial del municipio, a través de la instalación de mezcla asfáltica en la zona urbana”.
Los argumentos
Según el denunciante, en ambos casos, la selección del contratista se realizó mediante contratación directa. “Observando el objeto y naturaleza del contrato, se denota que se trata de un contrato de obra pública”, se lee en el documento presentado ante la Fiscalía.
En el oficio se cita la Ley 1150 de 2007, que establece que la contratación directa para contratos interadministrativos procede bajo condiciones específicas y exceptúa los contratos de obra, los cuales deben ejecutarse mediante procesos de licitación pública o contratación abreviada. Se advierte que tramitar contratos sin estos requisitos podría configurar el delito previsto en el artículo 410 del Código Penal.
La solicitud
Además de la apertura de investigación contra el alcalde y los funcionarios vinculados, la denuncia solicita que la Fiscalía evalúe la imposición de una medida de aseguramiento contra el mandatario, argumentando posibles riesgos procesales como obstrucción a la justicia o riesgo para la comunidad.
Corresponderá ahora a la Fiscalía General de la Nación determinar si procede la apertura formal de las investigaciones penales.
Redactora de Boyacá Sie7e Días.
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