Las importaciones provenientes de Ecuador objeto de la medida se concentran principalmente en productos pesqueros y agrícolas. La acción adoptada responde al arancel del 30% anunciado por Ecuador a importaciones colombianas.
Por: Yuliana Bohórquez

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo informó que el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior avaló el listado de productos cobijados por las medidas arancelarias transitorias adoptadas para “restablecer el equilibrio de las condiciones de intercambio con Ecuador”.
En total, se aplicará un arancel ad valorem del 30% a 23 partidas arancelarias (desagregadas en 73 subpartidas). La medida, que entrará en vigencia el 1 de febrero de 2026, impacta principalmente a los siguientes sectores:
Productos Agrícolas y Alimentos
- Arroz: En diversas presentaciones (con cáscara para siembra, semiblanqueado, blanqueado y partido).
- Granos y legumbres: Frijoles (caupí o salvajes) secos.
- Frutas: Plátanos frescos o secos y bocadillos (manzanito u orito).
- Azúcares: Azúcar de caña o de remolacha, panela y sacarosa pura.
- Cacao: En polvo, sin adición de azúcar ni edulcorantes.
- Aceites: Aceite de palma en bruto y sus fracciones refinadas.
Sector Pesquero
- Grasas y aceites de pescado (excepto aceites de hígado).
- Preparaciones y conservas de pescado.
Químicos e Industriales
- Alcoholes: Alcohol etílico (superior al 80%) y aguardientes desnaturalizados.
- Insumos agrícolas: Insecticidas, fungicidas y desinfectantes para venta al por menor.
- Plásticos: Sacos, bolsas, botellas, frascos, preformas y dispositivos de cierre (tapas).
- Manufacturas: Neumáticos nuevos (para automóviles, autobuses, camiones y aviones), calzado impermeable con puntera metálica y tubos soldados de hierro o acero.
- Minería: Bentonita.
Seguridad Nacional y Fentanilo
El Mincomercio explicó que la medida se adopta como un instrumento en defensa de la seguridad nacional. Además del arancel, el Gobierno evalúa incluir en el decreto final dos disposiciones críticas:
- Restricción al ingreso terrestre de productos agropecuarios frescos, con especial énfasis en el arroz.
- Limitación a la importación de insumos químicos que puedan ser desviados para la fabricación ilícita de fentanilo.
Entre enero de 2023 y octubre de 2025, el volumen de importación de los productos incluidos en esta lista alcanzó las 683.825,8 toneladas. El Gobierno colombiano reiteró que mantiene abiertos los canales diplomáticos para restablecer un marco de reglas justas en la Comunidad Andina.
Redactora de Boyacá Sie7e Días
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