Así quedó SALARIO de ALCALDES y GOBERNADORES con nueva alza

viernes 6 de junio de 2025, 7:40 pm

El Gobierno nacional expidió el Decreto 0620 del 3 de junio de 2025, mediante el cual se establecen los límites máximos salariales para los gobernadores, alcaldes y empleados públicos de las entidades territoriales. Esta norma también fija lineamientos sobre viáticos, subsidios y bonificaciones, en el marco del acuerdo alcanzado en la negociación colectiva con las centrales sindicales del sector público.

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El decreto establece que el incremento salarial para los servidores públicos será del 7 % para el año 2025, retroactivo al 10 de enero del presente año. Este ajuste se determinó con base en el índice de precios al consumidor (IPC) certificado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) para el año 2024, que fue del 5,2 %, al cual se le sumó un 1,8 %, conforme al acuerdo alcanzado en la negociación sindical.

¿Cuánto ganarán gobernadores y alcaldes?

De acuerdo con el Decreto 0620, las asambleas departamentales y los concejos municipales y distritales deberán establecer los salarios de gobernadores y alcaldes sin superar los topes establecidos. Estos incluyen la asignación básica mensual y los gastos de representación.

Para los gobernadores, los límites máximos salariales mensuales, según la categoría del departamento, son los siguientes:

  • Categoría Especial: $25’504.632.
  • Categoría Primera: $21’610.381.
  • Categoría Segunda: $20’779.213.
  • Categoría Tercera y Cuarta: $17’879.219.

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Para los alcaldes, según la categoría del municipio o distrito, los límites máximos salariales mensuales son de:

  • Categoría Especial: $25’504.632.
  • Categoría Primera: $21’610.381.
  • Categoría Segunda: $15’620.461.
  • Categoría Tercera: $12’530.100.
  • Categoría Cuarta: $10’481.953.
  • Categoría Quinta: $8’442.011.
  • Categoría Sexta: $6’378.254.

En el caso específico del alcalde mayor de Bogotá, Carlos Fernando Galán, el salario mensual máximo se fijó en $25’504.632.

También se precisa que el salario de los contralores y personeros municipales y distritales no podrá ser superior al 100 % del salario mensual del respectivo gobernador o alcalde.

Salarios de otros cargos públicos y más detalles del decreto

El decreto establece que la bonificación de dirección para gobernadores y alcaldes se seguirá reconociendo conforme a lo dispuesto en normas anteriores. También se determinan los topes máximos para la asignación básica mensual de los empleados públicos en entidades territoriales, así:

  • Nivel Directivo: $21’623.851.
  • Nivel Asesor: $17’284.625.
  • Nivel Profesional: $12’074.702.
  • Nivel Técnico: $4’476.171.
  • Nivel Asistencial: $4’431.758.

En cuanto al subsidio de alimentación, se otorgará un valor mensual de $98.931 para empleados con asignaciones básicas que no superen los $2.774.075. Este beneficio no aplicará cuando el empleado esté en vacaciones, licencia, suspensión o cuando la entidad proporcione alimentación.

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Además, se señala que ninguna autoridad podrá fijar salarios superiores a los establecidos en el decreto, y ningún servidor público podrá percibir más de una asignación del Tesoro Público, salvo las excepciones legales.

El decreto entró en vigencia desde su publicación y tiene efectos fiscales desde el 10 de enero de 2025, con excepción de algunos artículos que rigen desde su promulgación. Esta regulación busca estandarizar y controlar el régimen salarial de los servidores públicos en las entidades territoriales.

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